1.‐ La validez de este presupuesto para su firma es de 30 días desde su fecha de emisión.
2.‐ Todos los trabajos de electricidad (antenas,televisión, etc.) o de carácter accesorio o imprevisto que deban realizarse en
el piso o local con motivo de la colocación del mobiliario referenciado en este documento serán de cuenta y cargo del
comprador.
3.‐ La empresa no se hace cargo ni responsable de cuestiones que, con la diligencia debida, no se haya podido prever, en el
transcurso del montaje e instalación del mobiliario, debido a desniveles de suelos y paredes en la vivienda.
4.‐ La garantía ofrecida sobre los productos objeto de compraventa será la legal, prevista en el Real Decreto Legislativo
1/2007, de 16 de noviembre, (B.O.E. nº 287 de fecha 30 de noviembre de 2007), por el que se aprueba el texto refundido
de la LeyGeneral para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, y otras leyes complementarias.
Para el ejercicio de la misma será imprescindible aportar el comprobante de compra o factura a fin de acreditar el tipo de
producto y la fecha de compra del mismo.
5.‐ El precio de las intervenciones, reparaciones o instalaciones que se soliciten finalizado el período legal, o, en su caso,
comercial, de garantía al que hace referencia la cláusula precedente se determinará de acuerdo con las tarifas que publicite
la empresa en ese momento (o se acordarán libremente entre las partes).
6.‐ Por la propia naturaleza del producto, no se puede garantizar la exacta coincidencia en colores entre productos, cuando
no pertenezcan al mismo proveedor, circunstancia ésta que será informada previamente al comprador, o se hayan pedido
en fechas distintas; igualmente, la madera podría incorporar ciertas imperfecciones (nudos, veteados, juntas, etc.) que son
propias del producto.
7.‐ La fecha pactada para la entrega de los muebles en el domicilio del consumidor es la que figura expresada en el
contrato.
8.‐ Las compras financiadas en su pago, quedarán condicionadas en su vigencia a su aprobación por la entidad financiera,
contando el plazo de entrega a partir de la fecha de notificación de la conformidad de la entidad financiera.
9.‐ Con la formalización del pedido,se entregará por el comprador una señal a cuenta del precio del contrato.
‐ Si antes de la fecha de entrega o intentada la entrega, el comprador renuncia a la misma o resuelve unilateralmente el
contrato, sin que concurra causa bastante que lo justifique, la empresa podrá optar entre aceptar la resolución notificada
recuperando lo entregado y reteniendo y quedando en su poder la cantidad entregada a cuenta en concepto de
indemnización, o bien exigir el cumplimiento del contrato en los términos pactados reclamando el precio convenido.
‐ Si llegada la fecha de entrega, y sin que concurra causa bastante que lo justifique, la empresa no ha cumplido con la
obligación de entrega que le compete, el comprador podrá optar por pactar una nueva fecha de entrega o bien por
resolver el contrato, recibiendo la cantidad que entregó a cuenta incrementada en el interés legal del dinero que se haya
generado.
Para los posibles litigios que puedan surgir del cumplimiento o interpretación de este contrato, la empresa se somete y
acepta expresamente su resolución bajo la fórmula de arbitraje planteado ante la Junta Arbitral de Consumo del
Ayuntamiento de Zaragoza o la Junta Arbitral de Consumo del Gobierno de Aragón, a elección del comprador.
10.‐ A los efectos de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de PROTECCIONDE DATOS DE CARACTER PERSONAL y el
Reglamento de la Ley aprobada por Real Decreto 170/2007, de 21 de diciembre,se informa al interesado, que los datos de
carácter personal que figuran en este documento, están incluidos en un fichero automatizado cuyo responsable es “NOVEDADES DELICIAS SL ”, inscrito en la Agencia de Protección de Datos. Si desea ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, diríjase por escrito a nuestra dirección.